Corrupción, cohecho e incentivos
Los incentivos que exista un nivel de corrupción menor o nulo, tienen que ver más con la cantidad de los fondos que maneja la burocracia, ya que una menor cantidad de fondos contribuirá a un menor nivel de corrupción. No obstante, tampoco es cierto que la solución final a la corrupción residiría en que el gobierno no maneje ningún patrimonio ajeno, cosa que sería altamente deseable pero imposible por ahora.
Aun así, y como ha señalado agudamente Ludwig von Mises, si bien la corrupción siempre tiene como destino final a la fortuna monetaria, no necesariamente implica un lucro por parte de un funcionario estatal. Cita como ejemplo el caso de algún funcionario que, aún sin recibir dinero alguno y teniendo las facultades legales apropiadas, otorga permisos, autorizaciones, licencias de producción o de importación/exportación, etc., a ciertos particulares, sean empresarios o individuos. No obstante, pese a que no existe beneficio a título personal del empleado estatal que concede la prebenda, el destinatario de la ventaja burocrática obtendrá un favor ilícito que proviene de la discrecionalidad del burócrata. Se deduce con facilidad que la corrupción tiene siempre como fuente última la facultad que las leyes otorgan a los burócratas para conceder o denegar a su arbitrio permisos o prohibiciones a las actividades económicas de los particulares.
Lo que verdaderamente interesa –conforme explica el insigne maestro austríaco– es que el costo de los actos de corrupción perpetuamente será sufragado con peculios que provendrán en cualquier caso de los contribuyentes, o en el ejemplo citado, de los clientes del empresario o comerciante favorecido con el privilegio conferido por el burócrata para ejercer su actividad comercial, con exclusión de otros potenciales o efectivos competidores.
Pueden darse muchísimos ejemplos de esto último que vemos a diario en el mundo de la economía. Por ejemplo, cuando un secretario de comercio fija precios mínimos a un determinado producto –digamos, ganado vacuno–, en los hechos significa que está beneficiando indebidamente a este sector productor en desmedro de los restantes, que serán en definitiva los que van a sufragar la diferencia entre el precio mínimo y el de mercado junto con los consumidores.
Poco cuentan las razones particulares con las que el funcionario del área intente justificar la medida, y de nada sirven para cambiar los efectos económicos que, de adoptarse, se producirán y serán los señalados. Existe corrupción cuando las ventajas de unos se deben a los perjuicios de otros, ocasionados por las decisiones de un tercero con poder suficiente como para imponerlas a sus semejantes.
Como podemos observar, el campo de los actos de corrupción es mucho más vasto que lo que el común de la gente ordinariamente supone. En el ideario popular, se acostumbra asimilar la corrupción con el simple hecho del robo que comete un funcionario público en ejercicio de su cargo. Pero como ya hemos visto, esto no siempre es así, aunque sea la forma más corriente de los actos de corrupción. En realidad, lo que la gente entiende generalmente por corrupción es lo que en doctrina jurídica se denomina cohecho, y que jurídicamente se define así:
«Cohecho: Acción y efecto de cohechar o sobornar a un funcionario público. Constituye un delito contra la administración pública en el que incurren tanto el sujeto activo (cohechante) como el sujeto pasivo (cohechado). En algunas legislaciones, y ello es lógico, se estima que el delito reviste mayor gravedad cuando el cohechado es un juez. Se configura, por parte del funcionario público, por el hecho de recibir dinero o cualquier otra dádiva y aceptar una promesa para hacer o dejar de hacer algo relativo a sus funciones, o para hacer valer la influencia derivada de su cargo ante otro funcionario público, a fin de que este haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones; o en cuanto al juez, para dictar, demorar u omitir dictar una resolución o fallo en asuntos de su competencia.» —Manuel Ossorio y Florit, Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, ISBN 9789508850553. Editorial Heliasta, edición nº 30, página 175.
Tal como se ve, el cohecho es una forma de corrupción, una de las tantas variantes en las que esta se manifiesta. Incluso se podría decir que es la más frecuente, pero no la única. A menudo se incurre en el error de conjeturar que el sujeto activo del delito es constantemente un particular, y que el sujeto pasivo es un funcionario público. Este error popular tiene que ver con la mentalidad estatista dominante por doquier, que supone –sin mayor asidero ni fundamento que el simple prejuicio– que los funcionarios públicos, por el mero hecho de serlo, están rodeados de un aura beatífico que los preserva y los hace presumir como impolutas e inocentes criaturas, inmunes a todo error y portadores de una moral impecable, a prueba de toda tentación.
Esta idea habitual, fruto de la educación estatista a la que todos estuvimos sometidos o influenciados en mayor o menor medida, ignora que el cohechante puede ser un particular o un funcionario estatal de mayor o menor jerarquía que el cohechado. En ambos casos, y en último análisis, el dinero que se intercambia entre cohechado y cohechante es invariablemente dinero privado, proveniente de la exacción producida a través del mecanismo impositivo que detrae recursos a los particulares para ser usufructuados –no siempre del mejor modo– por parte de los burócratas estatales.
Insistimos en que el cohecho es solo de una modalidad de corrupción. Hay instituciones que están diseñadas para promover la corrupción, cosa que se manifiesta cuando las leyes son flagrantemente discrecionales, es decir cuando la ley –vaya paradoja– no respeta la igualdad ante la ley, o peor aún, la misma ley viola la igualdad ante la ley.
Por extraño que parezca, esta es una situación de lo más habitual entre nosotros. Por ejemplo, las leyes que fijan precios ponen fuera de la ley a todos aquellos que compraron a un precio de mercado y luego se ven obligados a vender a otro precio inferior al de mercado. Esto genera mercados negros, subterráneos o paralelos, y sobornos o «coimas» de todo tipo.

Abogado. Master en Economía y Administración de Empresas. Egresado de ESEADE (Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas). Fundador, Director, Editor y Redactor de la revista de divulgación académica Acción Humana.
Comentarios